La normativa vigente establece que las empresas de servicios de inversión dispondrán, en condiciones proporcionadas al carácter, escala y complejidad de sus actividades, de políticas de remuneraciones coherentes con la promoción de una gestión del riesgo sólida y efectiva. El Consejo de Administración de la Sociedad es el encargado de aprobar la Política de Remuneraciones.
El objetivo último del establecimiento de esta política es evitar la toma de riesgos inconsistentes con el perfil de riesgo de la Sociedad, actuar en interés de los clientes y prevenir los conflictos de interés que se pueden generar por la política de retribución variable. También persigue establecer un esquema retributivo adecuado a la dedicación y responsabilidad asumidas por los empleados a los que resulte de aplicación, con el fin de contribuir a que la Sociedad pueda cumplir sus objetivos estratégicos dentro del marco en que desarrolla su actividad.
Las responsabilidades y funciones de los diferentes estamentos implicados en el establecimiento, aprobación, ejecución y supervisión de la política (Junta General de Accionistas, Consejo de Administración, Comité de Nombramientos y Remuneraciones y Unidad de Control) son consistentes con los siguientes principios:
La estructura del Sistema de Remuneración se basa en dos partes:
La política afecta a empleados englobados en categorías cuyas actividades profesionales incide de manera significativa en su perfil de riesgo de la Entidad. En particular, se aplica a los altos directivos, a los empleados que asumen riesgos, a los que ejercen funciones de control, así como a todo trabajador que reciba una remuneración global que lo incluya en el mismo baremo de remuneración que los anteriores, cuyas actividades profesionales incidan de manera importante en el perfil de riesgo de la entidad.
Todos los empleados deberán ser Informados claramente, desde un principio, de los criterios que se utilizarán para determinar el importe de su remuneración, así como de los pasos y los plazos en las revisiones de su desempeño. Los criterios aplicados para evaluar el desempeño deberán ser accesibles, comprensibles y registrados.
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